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Gestoria y asesoria

¿Cómo hago mi declaración de renta con un ERTE?

declaración de renta con un ERTE

Con la llegada de la declaración de la renta 2021 a muchos trabajadores que se han visto afectados por la pandemia e involucrados por un ERTE, les entra la duda: ¿cómo me afectará el ERTE a la hora de hacer mi declaración de la renta? Te contamos las claves para hacer tu declaración de renta con un ERTE de forma eficaz.

Bien, pues en las siguientes líneas vamos a tratar de esclarecer un poco esta situación que tiene en vilo a miles de trabajadores, para explicar en qué sentido pueden verse afectados.

¿Tengo que hacer declaración de renta con un ERTE?

Esta es la primera pregunta que los trabajadores se están realizando. Porque si bien hay gente que lleva años trabajando en su empresa y está acostumbrada a realizar este tipo de trámites, hay otros trabajadores a los que la pandemia les pilló con pocos meses de trabajo y no saben si están en obligación de hacerla.

Pues bien, la legislación en este sentido es muy clara: un trabajador no está obligado a presentar la declaración de la renta si sus ingresos anuales, provenientes de un solo pagador, no superan los 22.000 euros.

La situación es distinta, sin embargo, cuando un trabajador percibe ingresos económicos por parte de dos pagadores. En este sentido, si la cantidad que se ingresa por parte del segundo pagador supera los 1.500 euros, el trabajador está obligado a presentar la declaración si sus ingresos anuales superan los 14.000 euros.

Y este es el caso de muchas de las personas que han sufrido un ERTE a lo largo del Estado de alarma y que han visto como ese segundo pagador, que no es otro que el Servicio Público de Empleo Estatal, les obliga a presentar sus ingresos ante la Agencia Tributaria.

¿Declaración a pagar por culpa del ERTE?

Es sin duda la siguiente pregunta. Si normalmente suele existir ese miedo a que nos salga a pagar una declaración de la renta en cualquier año normal y con trabajo, en este con los ERTE de por medio, es normal que estemos incluso más asustados.

Lo primero que debemos tener claro es que tener más de un pagador no tiene por qué ser necesariamente algo que nos vaya a obligar a pagar en la declaración de renta con un ERTE, por contra de lo que pudiese parecer.

Lo más importante y lo que debemos tener en cuenta para esta situación es que el que nos salga a pagar o no va a depender en gran medida de las retenciones que nos apliquen nuestros pagadores.

En este sentido, cuanto menor sea la retención que nos haga nuestro segundo pagador, mayor será la probabilidad de que nuestra declaración de renta con un ERTE nos salga a pagar.

¿Qué retención se aplica en los ERTE?

En primer lugar creemos que es bastante conveniente explicar qué son las retenciones y por qué nos influyen a la hora de tener que pagar o no en nuestra declaración de la renta.

Las retenciones, el famoso IRPF, no son otra cosa que un dinero de nuestro sueldo mensual que se destina a Hacienda, de forma adelantada, y a cuenta de nuestra futura declaración anual.

En función del porcentaje que se nos retenga de nuestro sueldo, además de otros factores, tendremos que pagar (si nos han retenido un porcentaje muy bajo) o Hacienda nos devolverá con la declaración (si nos han retenido un porcentaje muy alto).

Como venimos diciendo desde más arriba, el SEPE es nuestro segundo pagador en caso de ser beneficiarios de las prestaciones derivadas de un Expediente de Regulación Temporal de Empleo.

Pues bien, en estos casos tan particulares y tan extendidos desgraciadamente por causa de la pandemia, las retenciones para los trabajadores suelen estar en torno al 2%.

¿Es mucho? ¿Es poco? Pues sentimos decir que este tipo de retenciones no son nada habituales, puesto que en condiciones normales deberían rondar entre el 10% y el 15%, por lo que es probable que nos veamos obligados a pagar en nuestra declaración.

Pagos fraccionados de la declaración de la renta

Una de las pocas noticias positivas que tienen las personas que se ven afectadas por esta situación es que, al menos, la Agencia Tributaria va a ser más flexible con los pagos derivados de la declaración.

En este sentido y para ayudar a los trabajadores en la precaria situación que se vive en España a cuenta de la pandemia, se permitirá el fraccionamiento del pago de la renta en un plazo máximo de 6 meses, siendo el primer pago el 20 de julio y el último el 20 de diciembre.

Este fraccionamiento no tendrá intereses para sus solicitantes, habiendo sido diseñado única y exclusivamente para las personas que se hayan visto afectadas por los tan temidos ERTE.

En cualquier caso recomendamos encarecidamente a todos los lectores de este artículo, que para una mayor comprensión de su caso particular y en búsqueda de cumplir siempre con sus obligaciones tributarias, contacten con nuestros profesionales en servicios de asesoria fiscal para hacer correctamente la declaración de renta con un ERTE.

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